Normativa



Catálogos de puestos de trabajo susceptibles de funcionarización 

¿Qué es?

Los catálogos de puestos de trabajo susceptibles de funcionarización son el instrumento técnico que, atendiendo a la naturaleza de las funciones de los puestos de trabajo adscritos a personal laboral, determinan aquellos que deben ser reservados para su desempeño por personal funcionario, por la que se establecen los criterios básicos por los que han de regirse las relaciones de empleo del personal al servicio de la Comunidad de Madrid.

Una vez elaboradas dichas propuestas, se procederá a su inserción en los tablones de anuncios previstos al efecto en cada una de las Consejerías, Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Entes de Derecho Público afectados, otorgándose un plazo de diez días hábiles para que los interesados puedan efectuar cuantas alegaciones consideren convenientes a sus intereses.

Consejería de Cultura, Turismo y Deportes

Consejería de Economía, Empleo y Hacienda

Consejería de Políticas Sociales y Familia

Para otras consejerías consultarlo aquí (en el campo búsqueda)



Orden 378/2007, de 8 de marzo, de la Consejería de Presidencia, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias de los procesos selectivos de funcionarización derivados de la ejecución del Decreto 149/2002, de 29 de agosto, por el que se regula la adquisición de la condición de funcionario por el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid. (BOCM de 18 de Abril de 2007)


Decreto 149/2002, de 29 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la condición de funcionario por el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid. (BOCM de 9 de Septiembre de 2002) Corrección de errores: ( BOCM de 7 de Octubre de 2002)

Anexo del Decreto 149/2002, de 29 de agosto


Ley 5/1989, de 6 de abril, por la que se establecen los criterios básicos por los que han de regirse las relaciones de empleo del personal al servicio de la Comunidad de Madrid.



SENTENCIA 99/1987, de 11 de junio (BOE núm. 152, de 26 de junIo de 1987) En el recurso de inconstitucionalidad núm. 763/84, promovido por don José María Ruiz Gallardón, Comisionado al efecto por 53 Diputados del Congreso, contra determinados preceptos de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.





Comentarios

  1. ¿A alguno de vosotros os han comunicado directamente que el proceso está en marcha o qué se debe hacer?

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  2. Muy bien entonces explícame lo de los educadores de menores del 6 al 7 lo de los interpretes del 6 al 9. En convenio colectivo del INAS organismo transferido a la Comunidad de Madrid en 1984 el J. de Negociado estaba al nivel del ATS hoy DUE. Muy sencillo quien negocia gana. El decreto del 2.002 fue modificado en su tabla por el convenio del 2.005. Lo peor es la promoción encubierta de los beneficiados con puesto funcional obtenidos mediante concurso de valoración del tiempo en comisión de servicio y en otros modificación del puesto a criterios de sus jefes. No se aplica el criterio del puesto base, si no el nivel y grupo que se otorgue al puesto funcional (ole el amiguismo).

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